hola tamargo:
la minusvalia q te concedan del 23% o de lo que sea no tiene nada q ver con que te concedan una pension o no,la minusvalia te da la valoran en asuntos sociales y la pension en el INNS, la cuantia depende de lo q valoren.
Parcial para la profesión habitual: Ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión.
Total para la profesión habitual: Inhabilita al trabajador para su profesión habitual pero puede dedicarse a otra distinta.
Absoluta para todo trabajo: Inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio.
Gran invalidez: Cuando el trabajador incapacitado permanente necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.
Incapacidad permanente parcial, consiste en una indemnización a tanto alzado (24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal).
Incapacidad permanente total, 55% de la base reguladora. Se incrementará un 20% a partir de los 55 años cuando por diversas circunstancias se presuma la dificultad de obtener empleo en actividad distinta a la habitual.
Incapacidad permanente absoluta, 100% de la base reguladora.
Gran invalidez, se obtiene aplicando a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento.
Esto es lo que hay!!!espero q te sirva de algo,puedes informarte en
www.seg-social.es
Yo tmb pasé ya por aqui.... pregunta si tienes mas dudas.UN abrazo y suerte